COMPOLASER, S.L.
CÓDIGO ÉTICO Y DE BUEN GOBIERNO
1. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Compolaser, S.L. adopta este Código Ético y de Buen Gobierno con el doble propósito de:
a) Garantizar un marco de actuación transparente, responsable y sostenible.
b) Traducir en reglas prácticas los valores corporativos y el cumplimiento de la legislación española y estándares internacionales.
Se aplica a todos los órganos de gobierno, empleados, directivos, representantes, consultores y proveedores de Compolaser, S.L.
2. PRINCIPIOS GENERALES
- Legalidad: estricto cumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital (RDLeg. 1/2010), normativa fiscal, laboral, de prevención de riesgos, medioambiental y de protección de datos.
- Integridad: coherencia entre lo que decimos y hacemos, evitando cualquier forma de fraude o corrupción (Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo).
- Transparencia: puesta a disposición de accionistas y, en su caso, del público, de la información financiera y no financiera relevante.
- Responsabilidad Social: compromiso con los empleados, clientes, proveedores, comunidad y medio ambiente.
- Desarrollo Sostenible: conciliar creación de valor económico con respeto al entorno y derechos humanos.
3. ACCIONISTAS Y PROPIETARIOS
- 3.1. Objetivo de Largo Plazo : Compolaser se estructura para generar riqueza de forma sostenible y perdurable, evitando decisiones que prioricen ganancias cortoplacistas en detrimento de la viabilidad futura.
- 3.2. Derechos de los Accionistas: Facilitar la participación y el ejercicio informado de derechos de información y voto en la Junta General, de acuerdo con los artículos 93-105 de la Ley de Sociedades de Capital. Someter a aprobación anual el Informe de Gobierno Corporativo y este Código Ético.
- 3.3. Equilibrio Capital‐Trabajo: Velar por un reparto justo de valor entre accionistas y trabajadores, de forma que la remuneración salarial refleje dignamente su contribución.
4. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN - 4.1. Composición y Cualificación : Nombrar administradores y directivos con experiencia y formación adecuadas, garantizando diversidad, independencia y capacidad de deliberación.
- 4.2. Funciones y Responsabilidades
- Actuar con diligencia, lealtad y cuidado, en interés de la sociedad y de conformidad con el artículo 225 LSC.
- Cumplir y velar por el cumplimiento de este Código y del Manual de Gobierno Corporativo.
- Informar con veracidad, claridad y puntualidad a los accionistas sobre la marcha del negocio.
- Adoptar sistemas de control interno, gestión de riesgos y cumplimiento normativo (compliance), incluyendo el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023.
- Garantizar la integridad de la información contable y financiera y facilitar el trabajo de auditores internos y externos.
- 4.3. Conflictos de Interés: Declarar inmediatamente cualquier situación que pudiera generar conflicto (art. 229 LSC) y abstenerse de participar en acuerdos relacionados.
- 4.4. Retribuciones: Transparencia en la política retributiva: aprobación en Junta de la remuneración de consejeros, vinculando parte variable a objetivos de sostenibilidad y cumplimiento.
5. RELACIÓN CON PROVEEDORES, CLIENTES Y COMPETIDORES - 5.1. Proveedores : Selección objetiva por calidad, precio, servicio y criterios de RSC; prohibición de regalos o comisiones que comprometan la independencia.
- 5.2. Clientes: Compromiso con la calidad, la seguridad y la satisfacción del cliente; canal ágil de reclamaciones y respuesta diligente.
- 5.3. Competidores: Competencia leal: prohibido el abuso de posición dominante, prácticas desleales o captación de clientes mediante engaño.
6. RELACIÓN CON LOS EMPLEADOS - 6.1. Derechos y Deberes: Respeto a la dignidad, no discriminación (art. 14 CE y Estatuto de los Trabajadores), igualdad de oportunidades y conciliación. Respeto a la libertad sindical y negociación colectiva.
- 6.2. Prevención de Riesgos y Bienestar: Cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales; formar y dotar al personal de los medios necesarios.
- 6.3. Desarrollo Profesional: Promover la formación continua, planes de carrera y criterios objetivos de promoción y retribución.
7. RESPONSABILIDAD SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL - Integrar la sostenibilidad en la estrategia: prevención de la contaminación, eficiencia en consumo de recursos, gestión responsable de residuos y reducción de emisiones.
- Difundir y actualizar la Política de RSC y Medioambiental aprobada por Dirección.
8. CANAL DE DENUNCIAS Y PROTECCIÓN AL INFORMANTE
- Compolaser dispone de un Canal Ético conforme a la Ley 2/2023, accesible y confidencial, que garantiza la no‐represalia, la tramitación diligente y la protección de datos de las comunicaciones.
9. VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO
- La Comisión de Auditoría y Cumplimiento (o equivalente) supervisa el seguimiento de este Código y del Sistema de Compliance.
- Incumplimientos graves pueden derivar en medidas disciplinarias o responsabilidad civil/penal, sin perjuicio de la acción social de responsabilidad.
10. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Este Código se revisará anualmente y siempre que cambie la normativa esencial o se detecten brechas en su aplicación.
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Aprobado por el Consejo de Administración de Compolaser, S.L.